Qué cambió y a quién afecta
El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE-A-2025-15741), amplió el permiso de 16 a 19 semanas por progenitor y lo dobló a 32 semanas en familias monoparentales. Está en vigor desde el 31 de julio de 2025 y fue convalidado por el Congreso en septiembre de 2025.
Si tu hijo nació a partir del 31 de julio de 2025, tienes las 19 semanas completas. Si nació entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, puedes pedir las 2 semanas adicionales (4 si sois familia monoparental) desde el 1 de enero de 2026, sin tener que volver a solicitar toda la prestación.
Cómo se reparten las semanas
| Tramo | Cada progenitor | Monoparental | Cuándo y cómo |
|---|---|---|---|
| Obligatorio | 6 semanas | 6 semanas | Justo después del parto, seguidas y a jornada completa |
| Flexible | 11 semanas | 22 semanas | Por semanas, seguidas o sueltas, hasta que cumpla 12 meses. La madre biológica puede adelantar hasta 4 semanas antes del parto |
| Cuidado del menor | 2 semanas | 4 semanas | Por semanas, hasta que cumpla 8 años |
| Total | 19 semanas | 32 semanas | Con el 100 % de la base reguladora |
Las semanas flexibles y las de cuidado pueden disfrutarse a jornada parcial si hay acuerdo con la empresa. Si trabajáis los dos en la misma empresa, esta puede limitar el disfrute simultáneo por razones justificadas y por escrito. Hay semanas extra por discapacidad del hijo, parto múltiple u hospitalización del recién nacido de más de 7 días.
Cuánto se cobra y qué requisitos hay
La prestación es el 100 % de la base reguladora, que en general es la base de cotización del mes anterior al nacimiento. La paga el INSS directamente.
Hay que estar dado de alta (o en situación asimilada) al inicio de cada periodo de descanso y haber cotizado un mínimo según la edad:
- Menos de 21 años: no se exige cotización previa.
- De 21 a 25 años: 90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda la vida laboral.
- 26 años o más: 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda la vida laboral.
Cómo pedirlo, paso a paso
- Comunica a tu empresa las fechas. Para las semanas flexibles y las de cuidado, con al menos 15 días de antelación (o lo que diga tu convenio).
- Tu empresa envía el certificado de empresa a la Seguridad Social con la fecha de inicio del descanso.
- Solicita la prestación al INSS en el portal Tu Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve), en la plataforma para trámites sin certificado, por correo o en un CAISS con cita previa.
- Adjunta el libro de familia o el certificado de inscripción del bebé en el Registro Civil.
- Para cada tramo posterior (las semanas sueltas antes de los 12 meses o las de antes de los 8 años), vuelve a solicitarlo por el mismo canal.
- No lo retrases: la prestación solo se paga con un máximo de 3 meses de retroactividad desde la solicitud.
Aprovecha el mismo trámite para dar de alta al bebé como beneficiario de la asistencia sanitaria y pide después su tarjeta sanitaria en Rioja Salud.
Otros derechos para cuidar
| Derecho | Duración | ¿Se cobra? |
|---|---|---|
| Permiso parental (art. 48 bis ET) | Hasta 8 semanas, hasta que cumpla 8 años. Preaviso de 10 días | No |
| Lactancia (art. 37.4 ET) | 1 hora al día hasta los 9 meses (o media hora de reducción, o acumulada en jornadas completas). Hasta los 12 meses si ambos lo disfrutan igual | Sí, lo paga la empresa (de 9 a 12 meses, con reducción de sueldo) |
| Reducción de jornada (art. 37.6 ET) | Entre 1/8 y la mitad de la jornada, hasta que cumpla 12 años | Sueldo reducido en proporción |
| Excedencia (art. 46.3 ET) | Hasta 3 años por hijo. El primer año, con reserva de tu puesto | No |
Los empleados públicos tienen un esquema equivalente de 19 semanas regulado en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Mitos frecuentes
Mito“Las semanas del otro progenitor se pueden ceder.”
RealidadNo. Cada permiso es individual e intransferible: si no se usa, se pierde.
Mito“Las 2 semanas hasta los 8 años no se cobran.”
RealidadSí se cobran, al 100 % de la base reguladora. El que no se cobra es el permiso parental de 8 semanas.
Mito“Si mi hijo nació antes de agosto de 2025 no tengo nada nuevo.”
RealidadSi nació a partir del 2 de agosto de 2024, puedes pedir las 2 semanas de cuidado (4 si sois monoparentales) desde enero de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo guardar semanas para la adaptación a la escuela infantil?
Sí. Las 11 semanas flexibles se pueden tomar por semanas hasta que cumpla 12 meses, y las 2 de cuidado hasta los 8 años. Muchas familias reservan alguna para acompañar los primeros días de escuela.
¿Los autónomos tienen este permiso?
Sí, las personas trabajadoras por cuenta propia también tienen la prestación por nacimiento y cuidado de menor, y la solicitan igualmente al INSS.
¿Tributa en el IRPF?
La prestación por nacimiento está exenta de IRPF. Aun así, revisa tu borrador de la renta.
Cómo lo hacemos en Dreams
Muchas familias empiezan la escuela cuando se acaba el permiso. Si nos contáis qué semanas os quedan, os ayudamos a planificar la adaptación para que coincida con ellas. Y en secretaría os informamos del Bono Infantil de La Rioja y del resto de ayudas para la escolarización de 0 a 3 años.


